domingo, 25 de mayo de 2014
martes, 27 de agosto de 2013
El Ayuntamiento no dará pasos atrás con las cuidadoras de dependencia
|
jueves, 25 de julio de 2013
El Gobierno propone que los trabajadores a tiempo parcial cobren pensión con sólo 7,5 años cotizados
Tomás Burgos
El secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, ha planteado hoy que los trabajadores a tiempo parcial puedan acceder a una pensión contributiva con una cotización mínima de 7,5 años, frente a los 15 que se exigen ahora. Pero dichas pensiones serían proporcionalmente inferiores a las correspondientes a los trabajadores a tiempo completo, y en paralelo con complementos a mínimos inferiores, para garantizar, entre otras cosas, la viabilidad del sistema.
Burgos ha presentado esta propuesta en el Pacto de Toledo del Congreso de los Diputados, donde ha explicado las actuaciones que han diseñado para dar cumplimiento a la sentencia que declaró inconstitucional la regulación de la forma de acreditar los periodos de cotización de los trabajadores a tiempo parcial.
La nueva propuesta
Lo que se plantea es reducir el período mínimo de cotización de tal forma que ya no será de 15 años cuando el trabajador tiene cotizaciones por jornadas a tiempo parcial.
El período mínimo de cotización exigido se ajustará al coeficiente de parcialidad que acrediten a lo largo de toda la vida laboral estos trabajadores con respecto a la de tiempo completo.
Así, si un trabajador tuviera un coeficiente de parcialidad del 50% (su jornada laboral fuera la mitad de la completa) el período mínimo de cotización que tendría que acreditar para la jubilación no serían 15 años sino 7,5 años, explica Empleo en una nota.
En cuanto al cálculo de la base reguladora, Empleo plantea el mismo que hay ahora, es decir, el promedio de las bases de cotización del interesado correspondiente a los 16 años (en 2013) inmediatamente anteriores al hecho causante.
A esta base reguladora se le aplica un tanto por ciento en función de los años cotizados que dará como resultado la cuantía de la pensión.
Se partirá del periodo mínimo de cotización del trabajador al que se le aplicará un 50% sobre su base reguladora.
A partir de ese periodo mínimo, todo el tiempo que lo supere incrementará ese porcentaje en función de la escala general de la jubilación ordinaria.
Si se implantarán estas novedades el 40 % de las personas que no podrían haber alcanzado una pensión con la anterior fórmula ahora lo podrían hacer, ha pronosticado el secretario de Estado.
Reacción a la propuesta
Para Tomás Burgos esta "necesaria proporcionalidad" podría trasladarse a los complementos a mínimos de las pensiones, de los que ha dicho que constituyen una "expresión de la solidaridad", pero que deben "guardar equilibrio" con el esfuerzo realizado y no ser una "puerta de atrás" para obtener beneficios desproporcionados.
Sobre este punto han expresado sus dudas los portavoces del PSOE, Isabel López i Chamosa, del Grupo Mixto, Olaia Fernández Dávila (BNG), y del PNV, Emilio Olabarria, quien ha precisado que la fórmula del Gobierno, en general, no es mala si se configura bien.
Como solución lógica ha definido el planteamiento global el portavoz de UPyD, Álvaro Ánchuelo, quien ha defendido que exista una cuantía diferente entre las pensiones de los trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo.
Joan Coscubiela (en nombre del grupo parlamentario de Izquierda Plural) ha considerado que se podría avanzar en utilizar los 25 años para calcular la base reguladora, ya que supondría aplicar la fórmula de un día trabajado un día cotizado.
Carles Campuzano (CiU) ha afirmado que el acuerdo es "posible", para lo que ha pedido "mayor finura" a la solución que se dé y que se amplíe la protección social que se genere
Carolina España (PP) ha considerado que la nueva regulación no puede producir distorsiones ni discriminaciones con el resto de trabajadores.
El secretario de Estado ha precisado que está abierto al consenso con los agentes sociales y que hay "muchas posibilidades" de lograrlo.
No obstante, ha rechazado que se aplique el principio de un día trabajado a tiempo parcial compute como un día cotizado completo o que quien ha trabajado por 200-300 euros pueda esperar una pensión de 600 euros.
Fuente: eleconomista.es
sábado, 20 de julio de 2013
La ayuda a domicilio ya funciona las 24 horas y los 365 días del año
El municipio, junto a otros 7 andaluces, participa en esta experiencia pionera de atención integral
El alcalde de Huércal de Almería, Juan José López de las Heras, inauguró en la mañana de ayer el nuevo servicio 24 horas, 365 días al año, de ayuda a domicilio, junto con el servicio de Teleasistencia Móvil. Una experiencia pionera puesta en marcha por la concesionaria del servicio en la localidad, Ineprodes, que se estrena en Huércal de Almería junto con otros siete municipios de la comunidad andaluza.
López de las Heras visitó el domicilio de uno de los más de 80 beneficiarios del Servicio de Ayuda a Domicilio huercaleños para inaugurar la nueva prestación, consistente en una Central de Atención 24 horas, 365 días al año. Un revulsivo en la atención sociosanitaria a personas mayores y dependientes, cuya cobertura se entenderá más allá de las horas concedidas legalmente por las administraciones, con una atención permanente sin coste alguno para el usuario final y para los respectivos ayuntamientos.
El alcalde huercaleño, acompañado por el coordinador de zona de Ineprodes, Diego Gómez, y las ediles Antonia Fernández y Sonia Fernández, han acompañado a Julia Úbeda en su primera toma de contacto con la nueva Central de Atención 24 horas. Una llamada realizada a través del propio teléfono móvil del regidor de Huércal de Almería que ha servido además para transmitir a la dirección de la concesionaria las felicitaciones de Juan José López de las Heras por esta ampliación del servicio, que considera "muy favorable para los usuarios", al tiempo que para solicitar que "se cumpla con los trabajadores del servicio de ayuda a domicilio local conforme a las condiciones estipuladas en el Pliego".
En concreto, el regidor huercaleño ha manifestado su queja por la excesiva demora que los trabajadores han padecido este mes en recibir sus correspondientes salarios, "un hecho que no se debe volver a repetir", tal y como ha comunicado en primera persona a la dirección de la concesionaria.
Con este nuevo servicio se pretende ofrecer una atención personalizada y permanente a personas mayores y dependientes, así como a familiares o cuidadores directos, poniendo a su disposición a un equipo de profesionales para solventar cualquier incidencia, demanda, efectuar recordatorios a modo de agenda o simplemente tener una conversación como apoyo psicosocial para combatir situaciones de soledad y aislamiento.
jueves, 11 de abril de 2013
El Ayuntamiento ofrecerá la ayuda a domicilio a 400 nuevos usuarios
La empresa amplía servicios y establece un teléfono gratuito de atención durante todos los días del año
En los próximos meses 400 nuevos usuarios se podrán beneficiar del servicio municipal de ayuda a domicilio. El Ayuntamiento de Granada ha renovado el contrato con Clece, la empresa que lo gestiona, de tal forma que se puedan incorporar 400 nuevos personas a las que ya atiende. Todo ello con un convenio de tres años de duración con prórroga.
Fuente: granadahoy.com
miércoles, 10 de abril de 2013
El Gobierno estudia cambios en la pensión de los trabajadores a tiempo parcial
El ministerio español de Empleo y Seguridad Social ha anunciado hoy que estudiará soluciones alternativas para el cálculo de la jubilación de trabajadores a tiempo parcial tras dos sentencias emitidas por la justicia europea y por el Tribunal Constitucional español contrarias a la legislación actual.
El Tribunal Constitucional (TC) ha dictado una sentencia en la que declara "inconstitucional y nulo" el sistema con el que se calculan los periodos de cotización en los contratos a tiempo parcial cuando se solicita el cobro de una pensión contributiva.
Este método de cómputo, vigente en la Ley General de Seguridad Social desde 1998, ya fue cuestionado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado mes de noviembre, cuando dictó una sentencia en la que calificaba de discriminatorio el trato que daba la legislación española a los trabajadores a tiempo parcial respecto a los contratados a tiempo completo.
El TC ha hecho suya la interpretación de la justicia europea y considera que la regla de cálculo contenida en la normativa española "lesiona" el derecho a la igualdad (artículo 14 de la Constitución española) y es "discriminatoria" por razón de sexo, ya que la mayor parte de los trabajadores a tiempo parcial en España son mujeres.
El departamento de Fátima Báñez ha indicado en un comunicado que abordará la cuestión con los agentes sociales y los miembros de la Comisión del Pacto de Toledo "debido a las importantes repercusiones que para la Seguridad Social española tiene el fallo".
"El Gobierno trabajará en la línea de evitar que se produzca inseguridad jurídica para los ciudadanos que pudiesen verse afectados", dijo el ministerio en un comunicado sobre la laguna jurídica que abría la sentencia.
El origen
El Alto Tribunal ha dictado esta sentencia a raíz de una cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, derivada a su vez del caso de una trabajadora, M.S.N, a la que le fue denegada una pensión contributiva de jubilación por no haber reunido el periodo mínimo de cotización de 15 años exigido para ello.
La mujer tenía acreditados 18 años de cotización, once de ellos en jornada a tiempo parcial, pero insuficientes para cumplir los requisitos. Un caso parecido, el de una trabajadora de la limpieza que había cotizado 18 años a tiempo parcial, fue el que llevó a la justicia europea a dictaminar que la normativa española era discriminatoria.
Para determinar el periodo cotizado a fin de causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad y paternidad, la norma dice que se computarán exclusivamente las cotizaciones efectuadas en función de las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias, calculando su equivalencia "en días teóricos de cotización".
Para ello, prosigue la ley, el número de horas efectivamente trabajadas se dividirá por cinco, equivalente diario del cómputo de 1.826 horas anuales.
Además, para causar derecho a las pensiones de jubilación e incapacidad permanente, al número de días teóricos de cotización obtenidos se le aplicará el coeficiente multiplicador de 1,5, resultando de ello el número de días que se considerarán acreditados para la determinación de los períodos mínimos de cotización, sin que pueda computarse un número de días cotizados superior al que correspondería de haberse realizado la prestación de servicios a tiempo completo.
Estas reglas para determinar los periodos de cotización vienen recogidas en la disposición adicional séptima de la Ley General de la Seguridad Social. Durante unos años, de 1994 a 1998, la redacción dada a este artículo era distinta y ya el TC, en una sentencia de diciembre de 2004, se opuso en su momento a la regulación antigua al entender que el trato que se dispensaba a los trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo no era igualitario.
Aunque la redacción se cambió, ahora el TC, en una sentencia fechada el pasado 14 de marzo y publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), cree que estas reglas de cálculo "no consiguen evitar los resultados especialmente gravosos y desmesurados a que la norma puede conducir".
La diferencia persiste
Para el TC, la norma sigue manteniendo una diferencia de trato en el cómputo de los períodos cotizados entre los trabajadores a tiempo completo y los trabajadores a tiempo parcial, que no está justificado por las exigencias de contributividad del sistema, tal y como ya afirmó en su sentencia de diciembre de 2004.
"Es más, la aplicación de la primera regla puede incluso resultar potencialmente más perjudicial para los trabajadores a tiempo parcial que el criterio establecido en la regulación precedente", explica el TC, pues en virtud de ella la comparación entre un trabajador a tiempo completo cuya jornada laboral sea inferior a la máxima legal y un trabajador a tiempo parcial de su misma empresa o sector de actividad "permitirá apreciar una diferencia de trato, que actúa en perjuicio de este último".
En cuanto a la segunda regla, la que establece el coeficiente multiplicador de 1,5 al número de días teóricos de cotización obtenidos conforme a la regla anterior, el TC señala que su virtualidad como elemento de corrección es "limitada".
"Cuando el trabajo a tiempo parcial no sea un episodio más o menos excepcional en la vida laboral del trabajador y cuando la jornada habitual del mismo no resulte muy elevada, la aplicación del criterio de proporcionalidad seguirá, a pesar de la regla correctora, constituyendo un obstáculo desproporcionado para su acceso a la pensión de jubilación", subraya el Tribunal.
Para el TC, este aspecto de la normativa dificulta el acceso mismo a la prestación, al exigir un mayor número de días trabajados para acreditar el periodo de carencia requerido en cada caso. En su opinión, esto resulta "especialmente gravoso o desmedido" en el caso de trabajadores que en muchos periodos de su vida laboral han estado trabajando a tiempo parcial y que solicitan prestaciones que exigen períodos de cotización elevados.
Fuente: eleconomista.es
martes, 9 de abril de 2013
Desconvocados los paros de ayuda a domicilio tras alcanzar un principio de acuerdo en el Sercla
CCOO señala que la empresa concesionaria se ha comprometido a pagar los atrasos salariales a las 700 empleadas eventuales y a estudiar la renovación de los contratos temporales.
Los paros anunciados por los trabajadores del servicio de ayuda a domicilio para los días 5, 6, 18 y 19 de abril han quedado finalmente desconvocados después de que la plantilla, CCOO y la empresa concesionaria del servicio Clece hayan alcanzado un acuerdo dentro del Sistema Extrajudicial de Resolución de conflictos Laborales de Andalucía (Sercla).
En una nota, CCOO-Sevilla informa de que este acuerdo supone que la empresa "reconoce" la aplicación del convenio provincial de ayuda a domicilio para todas las trabajadoras, lo que asegura se traducirá en el caso de las 700 eventuales en "el pago de los atrasos salariales desde el 16 de febrero, fecha de incorporación de la empresa Clece, al 31 de marzo". Así, señala que estos pagos se harán efectivos en la nómina de abril y supondrán unos 300 euros para cada trabajadora eventual a tiempo completo. Igualmente, indica que se constituirá una comisión para estudiar la puesta en marcha de un plan de formación.
Con respecto a las trabajadoras eventuales pendientes de renovación, explica que la empresa y el sindicato han acordado constituir una comisión, que se reunirá por primera vez el próximo día 9 de abril, para estudiar cómo renovar estos contratos, así como la posible conversión de algunos de ellos en indefinidos.
Fuente: diariodesevilla
Los servicios de ayuda a domicilio de Sevilla convocan huelga a partir de abril
Las trabajadoras firmaron un documento por el que cambiaban al convenio nacional, con lo que perdían hasta 200 euros al mes
El sindicato CCOO de Sevilla ha anunciado que las casi 2.000 trabajadoras de la empresa concesionaria de ayuda a domicilio del Ayuntamiento de Sevilla, Clece, han aprobado en asamblea laconvocatoria de dos jornadas completas de huelga y paros parciales, en protesta por lo que consideran «abusos e incumplimientos» de la nueva empresa adjudicataria del servicio, «a quien además se le adjudicó el servicio con una gran rebaja sobre el precio fijado por el Ayuntamiento de Sevilla».
En una nota, asegura que existe un «incumplimiento» de los acuerdos con los representantes sindicales, por lo que se realizaránparos parciales de tres horas los días 5 y 6 de abril y huelga de 24 horas los días 19 y 20 del mismo mes. Afirma que la empresa «trató de imponer» a las trabajadoras como condición para su subrogación lafirma de un documento «renunciando a su convenio provincial y acogiéndose al convenio estatal, lo que implica una merma de hasta 200 euros al mes de salario».
Sin embargo, «el comité de empresa consiguió que la empresa desistiera de esta pretensión, aunque en la primera nómina las trabajadorashan visto como en su salario se les ha aplicado el convenio estatal», añade. Igualmente, señala que la empresa está «obligando» a las trabajadoras eventuales que han de renovar ahora sus contratos a «firmar la renuncia a su convenio provincial», mientras que «se ha negado a subrogar a 15 coordinadores con contrato fijo, a pesar de estar obligada por ley». El comité de empresa ha señalado también que las horas destinadas a formación que debe ofrecer la empresa, un total de 52 horas anuales, «no se están aplicando para tal fin, sino que la empresa está obligando a que se destinen a horas de trabajo».
«Incumple el convenio colectivo, reduce la plantilla e impone a sus trabajadoras jornadas abusivas, aumentando sus beneficios a costa de reducir salarios y derechos de sus trabajadoras, mientras presiona en las negociaciones del convenio provincial para hacer desaparecer las mejoras incluidas en ese convenio con respecto al convenio estatal», agrega, afirmando que esto se lleva a cabo ante la «inhibición» del Ayuntamiento de Sevilla, «cuya responsable de Bienestar Social ha sido informada puntualmente por el comité de empresa y los sindicatos de esta situación, sin que se haya dado ningún paso para obligar a la empresa a corregir sus actuaciones abusivas».
La ayuda a domicilio, competencia de la Junta
ABCSEVILLA
La Delegada de Familia, Asuntos Sociales y Zonas de Especial Actuación del Ayuntamiento de Sevilla, Dolores de Pablo-Blanco, ha querido aclarar respecto al servicio de ayuda a domicilio, con independencia de los impagos, que "ya denunciados en donde corresponde, el servicio se está prestando con toda normalidad en toda la ciudad de Sevilla, con independencia del barrio o distrito en el que se resida", toda vez que la plantilla de este servicio financiado por la Junta y prestado por el Ayuntamiento ha convocado una huelga a cuenta de las rebajas salariales y despidos que promueve Clece como empresa concesionaria de estos trabajos.
Asimismo y en lo que se refiere a las políticas de género, la delegada ha indicado que "hay que recordar que esta materia es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma, salvo en materia de violencia de género. El Ayuntamiento de Sevilla, presta, actualmente, a través de los 6 Puntos de Información a la Mujer (P.I.M.), ubicados en los antiguos 6 distritos de Sevilla (Casco antiguo, Triana-Los Remedios, Nervión, Macarena, Sur y Este), un servicio de información, asesoramiento y apoyo a todas las mujeres de Sevilla, sobre todo a aquellas que padecen la violencia de género".
martes, 20 de noviembre de 2012
GRADOS Y NIVELES
GRADOS Y NIVELES
La situación de dependencia se clasificará en los siguientes grados.
Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el
apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
Cada uno de los grados de dependencia establecidos en el apartado anterior se clasificarán en dos niveles, en función de la autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que requiere.
Los intervalos para la determinación de los grados y niveles se establecerán en el baremo al que se refiere el artículo siguiente.
Horas correspondientes al Grado y Nivel de Valoración.
Se prestará conforme lo establecido en el PIA y se determinará en número de horas mensuales de servicios asistenciales, estableciéndose en función del grado y nivel, de acuerdo con el siguiente cuadro:
Grado dependencia
|
Horas de atención
Horas mensuales |
Grado III. Gran Dependencia
Nivel2 Nivel 1 | Entre 70 y 90 Entre 55 y 70 |
Grado II. Dependencia Severa
Nivel2 Nivel 1 | Entre 40 y 55 Entre 30 y 40 |
Cuantía de las prestaciones económicas: vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y prestación asistencia personal.
La cuantía de las prestaciones económicas señaladas se acordarán por el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para su posterior aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto. La capacidad económica se tendrá en cuenta a efectos de determinar la cuantía individual de las prestaciones económicas.
Para el año 2009 las cuantías máximas de las prestaciones económicas correspondientes al Grado III, Niveles 2 y 1 y Grado II, Niveles 2 y 1, han sido aprobadas por el Real Decreto 73/2009, de 30 de enero, ya que la efectividad de las prestaciones de dependencia a todos sus posibles beneficiarios se realizará gradualmente, de acuerdo con el calendario previsto para su implantación:
Para el año 2009 las cuantías máximas de las prestaciones económicas correspondientes al Grado III, Niveles 2 y 1 y Grado II, Niveles 2 y 1, han sido aprobadas por el Real Decreto 73/2009, de 30 de enero, ya que la efectividad de las prestaciones de dependencia a todos sus posibles beneficiarios se realizará gradualmente, de acuerdo con el calendario previsto para su implantación:
Grados y Niveles
|
Prestación vinculada
al servicio (€/mes) |
Prestación para cuidados
entorno familiar (€/mes) |
Prestación asistencia
personal (€/mes) |
Cuantía
|
Cuantía Cuota SS+FP
|
Cuantía
| |
Grado III Nivel 2
|
831,47
|
519,13
|
831,47
|
Grado III Nivel 1
|
623,60
|
415,73 160,13
|
623,60
|
Grado II Nivel 2
|
460,80
|
336,24
|
--
|
Grado II Nivel 1
|
400,00
|
300,00
|
--
|
El importe de la prestación económica a reconocer a cada beneficiario se determinará aplicando a las cuantía vigente para cada año un coeficiente reductor según su capacidad económica, de acuerdo con lo establecido por la Comunidad Autónoma o Administración competente, y teniendo en consideración lo que al respecto acuerde el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
domingo, 21 de octubre de 2012
La Junta ha pagado esta semana 40,3 millones a ayuntamientos, empresas y asociaciones
La delegada del Gobierno, María José Sánchez, ha anunciado que la Junta ha comenzado a pagar deudas pendientes con ayuntamientos, empresas y asociaciones y, en concreto, esta semana ha hecho efectivo el pago de más de 40,3 millones de euros destinados principalmente a ayuda a domicilio, escuelas infantiles y mantenimiento de servicios públicos.
“Somos conscientes que los retrasos en los pagos están ocasionando perjuicios pero la Junta está haciendo un gran esfuerzo por mantener los servicios públicos y los pilares del Estado del Bienestar y lo hacemos con bastante soledad, intentando amortiguar las consecuencias de las políticas presupuestarias del Gobierno de España que están poniendo en riesgo todo lo que hemos conseguido”, precisó.
La Junta ha pagado esta semana un total de 10,3 millones para Dependencia; en concreto 7,1 millones a Diputación para que atienda la ayuda a domicilio de los municipios menores de 20.000 habitantes, más de 2,2 millones al Ayuntamiento de la capital y más de un millón de euros a los ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes. “La Junta ha abonado este año 20 millones de euros a Diputación para dependencia y está al día en los pagos”, precisó la delegada, y “sería más beneficioso para los granadinos que las reclamaciones las hicieran al Gobierno central para que no recorten este derecho”
Fuente: ideal.es
Suscribirse a:
Entradas (Atom)